Bitcoin: qué es y cuáles son sus implicaciones legales

Desde hace muchos años los medios de comunicación están prestando mucha atención a una moneda virtual concreta, al bitcoin, haciendo hincapié en aspectos tales como la facilidad con la que puede cambiar su valor en poco tiempo, la gran cantidad de energía que se tiene que emplear en su generación en granjas de minería, las estafas que se están haciendo con bitcoins o su adopción como moneda digital en El Salvador en septiembre de 2021. Incluso la Real Academia Española ha admitido la entrada bitcoin o bitcóin, aunque con una definición tan escasa como pobre y poco correcta, “moneda digital”, ya que el bitcoin no es la única moneda digital existente.

Sin embargo, aunque nos lleguen noticias sobre el bitcoin con mucha frecuencia, no siempre se tiene claro qué es y qué lo caracteriza. En esta entrada y algunas posteriores se intentará explicar todo esto.

Monedas fiduciarias vs virtuales

Antes de pasar a definir qué es el bitcoin voy a empezar por poner en claro qué caracteriza al dinero al que estamos acostumbrados, al dinero físico y tangible, al que tenemos en nuestras carteras y nuestros bolsillos o en nuestras cuentas bancarias, esto es, a las monedas fiduciarias como el euro o el dólar, que es el modelo monetario que predomina en todo el mundo, y que es diferente del dinero virtual.

Podemos afirmar que las cualidades definitorias de las monedas fiduciarias (cualidades que, además, están interrelacionadas entre sí) son:

  1. Las monedas físicas y tangibles en sí carecen de valor: su valoración viene dada por la autoridad central monetaria que emite esa moneda.

  2. Estas monedas son de curso legal, es decir, se usan como forma de pago porque existe una normativa (ya sea estatal o supraestatal) que ha establecido que es la forma aceptable como medio de cambio.

  3. Las emiten autoridades centrales y todos los que hacen uso de una moneda concreta confían en dicha autoridad central: es decir, por expresarlo con otras palabras, se trata de un dinero basado en la confianza de una comunidad hacia la autoridad central que emite la moneda, confianza que no está respaldada por metales preciosos u otros elementos similares, sino por la promesa de pago que se hace por parte de la entidad emisora.

El objetivo primordial de estas autoridades centrales no es otro que mantener la estabilidad de los precios. En la Zona Euro la autoridad monetaria la forman conjuntamente el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los estados miembros que han adoptado al euro como su moneda.

En contraposición a las monedas fiduciarias, en las monedas virtuales y en el bitcoin en concreto encontramos estas otras peculiaridades:

  1. Es intangible (no lo puedes llevar en el bolsillo).

  2. No está regulado ni supervisado.

  3. Es anónimo.

  4. Su control no está en manos de una autoridad central, sino de sus creadores.

  5. Es utilizada por comunidades que suelen describirse con el adjetivo de virtuales ya que sus miembros se relacionan entre sí únicamente en internet.

  6. Existe siempre una plena garantía de cobro ya que toda operación, una vez validada, es irreversible.

El bitcoin

En concreto, el bitcoin es una criptomoneda virtual creada en el año 2009 por alguien que dijo llamarse Shatoshi Nakamoto (no se sabe quién o quiénes se hacen llamar con ese nombre y con total seguridad se trata en realidad de un pseudónimo) y cuya función es la de servir única y exclusivamente para realizar operaciones en internet en las que se tengan que llevar a cabo desembolsos de dinero: estas operaciones pueden ser para comprar bienes o servicios que, a su vez, pueden ser reales o virtuales.

Algunas de características fundamentales que se han enumerado más arriba de los bitcoins tienen que ver con que hecho de que el proceso para trabajar con ellos está sustentado en redes P2P (del inglés “peer to peer”, es decir, colega a colega), muy conocidas entre los usuarios de internet por ser las que se han usado para, por ejemplo, llevar a cabo los intercambios de archivos torrent, motivo por el que no es extraño encontrar en algunos textos que se designe al bitcoin como una moneda virtual “entre iguales” o “persona a persona” o incluso como una moneda virtual de “flujo bidireccional”: así, en su excelente artículo monográfico titulado “Bitcoin, la moneda virtual”, Javier Puyol Montero -SEPIN, SP/DOCT/23183- la denomina así, asegurando seguidamente que estas “monedas con flujo bidireccional se pueden comprar y vender siguiendo los tipos de cambio predominantes”.

¿Qué se quiere decir con eso de que la forma de operar con bitcoins está sustentada en redes P2P? En general, una red P2P es una red de sistemas o servicios que utiliza como modelo de comunicaciones el modelo P2P, que se caracteriza porque todos los nodos del sistema, es decir, todos los ordenadores, están conectados entre sí y tienen el mismo rango y las mismas capacidades, de modo que cualquiera de ellos puede iniciar una comunicación sin tener que esperar a recibir permiso para ello.

Se trata de un sistema de comunicación opuesto al de cliente-servidor, en el que un servidor se encuentra a la espera de una comunicación por parte del cliente. En el modelo P2P todos los nodos actúan como servidores y clientes simultáneamente y todos, puesto que comparten el mismo rango, se comportan como iguales, sin que tenga que existir un servidor central.

Que el bitcoin sea una criptomoneda entre iguales o P2P implica pues que no hay un servidor central, lo que hace que el sistema sea un sistema distribuido y que las transacciones se vayan a llevar a cabo sin que intervenga una autoridad centralizada: van a ser los propios usuarios de bitcoins los que van a generar la moneda y los que van a comprar y vender con ella, llevando a cabo transacciones anónimas y seguras.

En las monedas fiduciarias nos encontrábamos con que era un sistema bancario el que emitía las monedas. Con los bitcoins, por el contrario, no ocurre tal cosa: son los propios usuarios los que generan los bitcoins, y lo hacen usando un software de código abierto y un algoritmo que permiten la seguridad y anonimidad de todo el sistema, motivo por el que se pone el prefijo cripto delante del sustantivo moneda (cripto significa oculto, encubierto), puesto que se van a cifrar las comunicaciones, de manera que van a ser ininteligibles para todo aquel que desconozca el sistema de cifrado.

Lo que ocurre no es que no haya una necesidad de que se establezca una autoridad central de gestión que, además de emitir moneda pueda registrar también los movimientos que tengan lugar, es que por su propia construcción, el sistema, al basarse en un modelo descentralizado, se controla a sí mismo y no necesita de supervisión alguna; se trata de un sistema en el que los ordenadores interconectados (es decir, los nodos), que representan a usuarios de los bitcoins, intercambian cantidades de una manera muy parecida a la que se produce entre usuarios de Torrent cuando comparten archivos digitales.

Te interesa:

658 140 999

Llámanos

Menú